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Wednesday, Jan 22, 2025

El Tribunal Supremo de España reafirma sanción al primer ministro Pedro Sánchez por mal uso de recursos públicos.

El Tribunal Supremo de España reafirma sanción al primer ministro Pedro Sánchez por mal uso de recursos públicos.

El Primer Ministro enfrenta una sanción por infringir la ley electoral al utilizar medios institucionales con fines partidistas.
El Tribunal Supremo de España ha desestimado por unanimidad un recurso del presidente del gobierno, Pedro Sánchez, contra una sanción impuesta por la Junta Electoral Central (JEC) por violar la neutralidad institucional.

La decisión se deriva de un incidente durante una conferencia de prensa celebrada en la Representación Permanente de España ante la UE en Bruselas el 30 de junio de 2023, solo unos días antes de que comenzara la campaña electoral nacional.

El presidente había aprovechado su asistencia a una reunión del Consejo de la UE para promover los logros de su administración y criticar al opositor Partido Popular (PP).

Este fallo marca la segunda vez que el Tribunal Supremo ha confirmado una decisión contra Sánchez por violar la ley electoral.

El fallo anterior, en mayo de 2021, avaló una multa de 500 € impuesta por la JEC por un caso en 2019 cuando Sánchez usó el palacio de gobierno para una entrevista electoral, que posteriormente se publicó en el sitio web oficial de la oficina del presidente del gobierno.

La sanción actual, respaldada por el Tribunal Supremo, asciende a 2,200 €.

La JEC declaró que está estrictamente prohibido usar recursos institucionales de manera partidista para favorecer a una facción política específica.

Durante la conferencia de prensa en Bruselas, Sánchez comparó acuerdos gubernamentales entre el PP y Vox en regiones como Valencia y Extremadura con posibles acuerdos nacionales, describiéndolos como retrocesos.

El PP presentó una queja por la infracción de las regulaciones electorales, lo que desencadenó una investigación que resultó en la sanción.

La JEC citó que los comentarios de Sánchez tras la reunión del Consejo de la UE violaron las prohibiciones del artículo 50.2 de la ley electoral, que exige que los funcionarios públicos mantengan la neutralidad y se abstengan de destacar logros o hacer campaña contra oponentes electorales durante el período electoral.

Esta regulación sirve para asegurar que los titulares de cargos públicos actúen al servicio de todos los ciudadanos, prohibiendo el mal uso de los recursos institucionales para beneficio partidista.

Tal mal uso, según la junta electoral, socava la igualdad que requiere el artículo 23.2 de la Constitución Española en el ejercicio del derecho al sufragio.

Además, la JEC enfatizó que el uso arbitrario de recursos públicos para un partido político específico perjudica las condiciones de igualdad entre los competidores, desacreditando así la dignidad asociada con el cargo público.

Esta postura ha sido firmemente respaldada por el Tribunal Supremo en decisiones pasadas.

Además, Sánchez recibió una tercera sanción de la JEC en julio de 2023, que implicó una multa de 1,500 €.

Esta penalización estuvo asociada con apoyos públicos al candidato socialista Salvador Illa durante una conferencia de prensa en Doha, coincidiendo con la campaña electoral catalana.

Este incidente, reportado por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), siguió preocupaciones similares sobre la neutralidad institucional.
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