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Thursday, Jan 16, 2025

El Tribunal Constitucional destituye al magistrado Macás en medio del debate sobre la Ley de Amnistía.

El Tribunal Constitucional destituye al magistrado Macás en medio del debate sobre la Ley de Amnistía.

Una mayoría progresista favorece la recusación de un miembro conservador de las discusiones sobre la polémica legislación de amnistía catalana.
En un desarrollo significativo el miércoles, el Pleno del Tribunal Constitucional de España decidió recusar al Magistrado José María Macás de las deliberaciones relativas al desafío del Tribunal Supremo a la Ley de Amnistía vinculada al movimiento independentista catalán.

Esta decisión efectivamente descalifica a Macás, miembro del ala conservadora del Tribunal, de participar en los procedimientos futuros sobre la controvertida ley, que busca anular los delitos relacionados con el referéndum de independencia catalán.

La decisión llega después de que el Fiscal del Estado del país, Álvaro García Ortiz, apelante en este caso, presentara una solicitud formal para la recusación de Macás.

Según se informa, una mayoría progresista dentro del Pleno, bajo la dirección del Juez Cándido Conde-Pumpido, adoptó la petición para excluirlo.

El fallo, redactado por la Vicepresidenta del Tribunal Inmaculada Montalbán, indica que la participación previa de Macás en la redacción y aprobación del informe legal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la Ley de Amnistía confirmó una 'participación directa o indirecta en el objeto de los procedimientos legales.' El documento sugiere además que, en virtud de su cargo anterior como miembro del consejo, Macás podría haber adquirido un conocimiento significativo de los detalles del caso, lo que podría comprometer su imparcialidad.

El Tribunal estipuló que Macás había adoptado previamente una postura legal sobre el tema central de los procedimientos constitucionales, lo que justificaba la consideración de la propuesta de recusación.

Destacó la presentación oportuna de la solicitud de recusación, presentada dentro del plazo de diez días definido por la ley tras la notificación de la admisión de la petición constitucional a las partes involucradas.

García Ortiz argumentó que en el papel de Macás como miembro vocal del CGPJ, participó en acciones oficiales de este órgano constitucional, lo que implicaba evaluaciones detalladas de la cuestionada Ley de Amnistía.

Macás había apoyado notablemente dos informes críticos sobre la ley que busca revertir los delitos relacionados con el impulso independentista catalán.

En contraste, el Magistrado Macás impugnó la moción de recusación, afirmando que la petición de García Ortiz buscaba socavar el 'principio de pluralismo político' fundamental para la composición del tribunal y el procedimiento de selección de sus jueces.

Macás advirtió que este movimiento podría transformar al tribunal en un instrumento para la manipulación ideológica en lugar de mantener una jurisprudencia imparcial, una preocupación que resuena con los principios sustentados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La decisión ha invocado la disidencia de los jueces conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, quienes insistieron en que la solicitud de recusación fue extemporánea y despectiva de la doctrina establecida utilizada cuando Espejel fue previamente excluida de deliberar en un recurso constitucional contra la Ley de Aborto de José Luis Rodríguez Zapatero.

Este fallo intensifica aún más el discurso legal y político en torno a la Ley de Amnistía, destacando las diferentes filosofías judiciales dentro del Tribunal Constitucional de España.
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