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Saturday, May 24, 2025

Hazte Oír impugna fallo judicial sobre la controvertida retirada de la pancarta de Pedro Sánchez.

Los representantes legales de la asociación española argumentan anomalías procesales y solicitan la nulidad de la decisión judicial.
Hazte Oír, un grupo de defensa español, se está preparando para presentar un recurso directo ante la Audiencia Provincial de Madrid contra una reciente decisión judicial que ordenó la eliminación de un banner controvertido que retrataba al Primer Ministro Pedro Sánchez como 'corrupto'. La decisión, emitida por el Juzgado de Instrucción Número 9 de Madrid, ha recibido críticas por parte del abogado de Hazte Oír, Javier María Pérez-Roldán, quien sostiene que el razonamiento del tribunal es defectuoso tanto en sustancia como en procedimiento.

Pérez-Roldán ha declarado públicamente que la resolución carece de claridad respecto al delito alegado que proporcionó fundamentos suficientes para la medida cautelar.

Señaló que la orden del juez no especifica la naturaleza de la ofensa en cuestión.

Según la ley española, si la investigación involucra difamación o insultos, la denuncia debe ser presentada por la parte ofendida—Sánchez mismo, en este caso, como lo estipula la ley.

Pérez-Roldán enfatizó que la resolución no reconoce que la denuncia debería haber sido presentada por Sánchez en lugar de por un tercero.

La denuncia fue presentada por Begoña Nasarre, portavoz adjunta del grupo parlamentario socialista, pero Pérez-Roldán señaló que su autoridad para actuar legalmente en nombre de Sánchez no estaba claramente establecida en la orden judicial.

Además, criticó al tribunal por no cumplir con los requisitos procesales que exigen un proceso de conciliación previo antes de que se pueda emprender cualquier acción legal formal por delitos que no están en el dominio público.

Pérez-Roldán caracterizó la acción judicial como un 'atropello' y un grave error del juez Arturo Zamarriego, sugiriendo que podría conducir, en última instancia, a la anulación de la orden para eliminar el banner.

Pérez-Roldán también expresó su preocupación respecto a los comentarios del juez sobre un posible 'exceso' de libertad de expresión ejercida por Hazte Oír, cuestionando la base sobre la cual se hicieron tales afirmaciones, ya que las expresiones deberían estar inequívocamente protegidas o no bajo este derecho.

Además, destacó que la Ley de Enjuiciamiento Criminal especifica que las resoluciones judiciales deben indicar el plazo dentro del cual las partes pueden presentar recursos, un detalle que estuvo notablemente ausente en la resolución del juez.
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