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Friday, Apr 04, 2025

España revitaliza el programa de incentivos para vehículos eléctricos con financiación adicional.

España revitaliza el programa de incentivos para vehículos eléctricos con financiación adicional.

El gobierno inyecta 400 millones de euros en el PLAN MOVES III, extendiendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2025, para promover la compra de vehículos eléctricos.
El Gobierno de España ha anunciado una financiación adicional de 400 millones de euros para el PLAN MOVES III, extendiendo la iniciativa hasta el 31 de diciembre de 2025. Este apoyo renovado se considera un paso significativo para el sector automotriz y los compradores potenciales de vehículos eléctricos, ya que reactiva las subvenciones públicas destinadas a fomentar la compra de vehículos menos contaminantes.

El plan había estado en espera tras la caída del decreto omnibus a principios de año.

Bajo esta extensión, las personas, autónomos y entidades públicas podrán una vez más acceder a las subvenciones existentes sin cambios en los requisitos básicos del programa.

Notablemente, la renovación incluye dos mejoras clave: la ayuda es retroactiva al 1 de enero de 2025 y permite una deducción fiscal de hasta 3,000 euros en el impuesto sobre la renta.

Si bien el plan MOVES III no implementa descuentos directos en el momento de la compra del vehículo—un ajuste por el que el sector continúa abogando—mantiene los montos actuales de subvención y amplía la elegibilidad para más beneficiarios.

Las comunidades autónomas gestionarán las solicitudes, con fondos asignados por el Ministerio de Transición Ecológica a través del IDAE.

Los criterios de elegibilidad para recibir apoyo bajo el PLAN MOVES III stipulan que el vehículo eléctrico, ya sea nuevo o seminuevo (menos de 12 meses), no debe exceder los 45,000 euros sin IVA, o 53,000 euros para vehículos con 8 o 9 plazas.

Las subvenciones oscilan entre 2,500 y 7,000 euros dependiendo del tipo de vehículo y si se desguaza un vehículo más antiguo:

- Coches eléctricos con más de 90 km de autonomía: 4,500 euros sin desguace, 7,000 euros con desguace.

- Híbridos enchufables con una autonomía entre 30 y 90 km: 2,500 a 5,000 euros dependiendo de si se entrega un coche viejo o no.

- Vehículos de pila de combustible de hidrógeno: también entre 4,500 y 7,000 euros dependiendo del desguace.

- Furgonetas eléctricas o híbridas: hasta 9,000 euros si se sustituye un vehículo de combustión viejo.

- Motocicletas eléctricas (≥70 km de autonomía): entre 1,100 y 1,300 euros.

- Cuatriciclos: de 1,400 a 2,000 euros en función del tipo y si aplica el desguace.

Además, hay un descuento obligatorio de 1,000 euros que los concesionarios deben proporcionar en el momento de la compra.

También hay un 10% extra en la subvención disponible si el comprador es una persona con movilidad reducida, reside en un municipio con menos de 5,000 habitantes, o si el vehículo se utilizará como taxi o VTC.

Para solicitar estas ayudas, los residentes deben presentar sus solicitudes a través de su respectiva comunidad autónoma, que gestiona el procesamiento.

En algunos casos, los concesionarios pueden encargarse del proceso de solicitud; sin embargo, algunas regiones requieren que el usuario presente la documentación necesaria personalmente.

Los documentos requeridos incluyen:

- Una copia del documento nacional de identidad o del permiso de residencia.

- Orden de compra o presupuesto del vehículo.

- Certificado de residencia.

- Para autónomos, inscripción en el censo de empresas.

- Declaraciones que confirmen el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social, y que no han recibido ayudas similares.

- Documentación justificativa si pertenece a grupos de condición especial (discapacidad, taxi, VTC).

Una vez validada la información, el ministerio puede solicitar documentos adicionales:

- Factura de compra y prueba de pago.

- Ficha técnica y permiso de circulación.

- Número de cuenta bancaria para transferencias.

- Si se desguaza un vehículo, un certificado de baja, permiso antiguo y prueba de pago del impuesto de circulación desde 2020.

Aunque el gobierno se ha comprometido a un procesamiento más eficiente, los tiempos de espera pueden variar de 18 a 24 meses, dependiendo de la comunidad autónoma.

También se señala que estas ayudas deben ser declaradas como parte de las ganancias patrimoniales en el impuesto sobre la renta personal del año en que se reciben.
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