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Friday, Apr 04, 2025

La Corte Suprema desestima la participación del exjefe de gabinete en el caso de divulgación secreta.

El tribunal no encuentra evidencia que implique a Pilar Sánchez Acera en la supuesta revelación de información sensible sobre el compañero de la presidenta de Madrid, Ayuso.
El Tribunal Supremo en España ha dictaminado que Pilar Sánchez Acera, exjefa de gabinete de Óscar López, no está involucrada en la supuesta revelación de información confidencial relacionada con la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

El juez Ángel Luis Hurtado, encargado del caso, declaró que no hay pruebas suficientes para respaldar las afirmaciones contra Sánchez Acera, a pesar de resaltar lo que calificó como "fisuras importantes" en su testimonio dado el 12 de marzo.

En una decisión hecha pública recientemente, Hurtado desestimó varias solicitudes de la acusación particular en nombre de Alberto González Amador y la acusación popular por parte de la Fundación Foro Libertad y Alternativa.

Estas solicitudes tenían como objetivo investigar dispositivos móviles pertenecientes a Sánchez Acera y otros funcionarios del PSOE, incluyendo a Santos Cerdán y Antolín Llorente, así como citar al jefe de gabinete de Juan Lobato para ser interrogado.

La sentencia enfatizó que las investigaciones solicitadas sobre el manejo posterior de un correo electrónico recibido por Sánchez Acera el 2 de febrero de 2024 son irrelevantes para el caso.

Dado que se ha descartado a Sánchez Acera como potencial participante en cualquier fuga supuesta, el tribunal no encontró necesario ampliar la investigación sobre aspectos que solo rastrearían la distribución posterior del correo electrónico.

El juez aclaró que la implicación de un funcionario público en la supuesta filtración es un requisito para establecer un delito de divulgación de información confidencial.

Además, el juez afirmó que dado que Sánchez Acera solo actuó tras recibir la información y no divulgó ningún secreto ella misma, la condición principal para considerarla participante en el supuesto delito está ausente.

Sus acciones se limitaron a pasar el correo electrónico, que se cree fue filtrado desde la Fiscalía, a Juan Lobato para su uso en la Asamblea de Madrid el 14 de marzo.

Adicionalmente, al concluir la investigación sobre su supuesta implicación, Hurtado señaló que el testimonio de Sánchez Acera presentó inconsistencias, particularmente en relación con la naturaleza de la recepción del correo electrónico.

Ella describió el correo electrónico como un documento que recibió a través de una fotografía por WhatsApp, pero no pudo recordar al remitente.

El juez expresó escepticismo sobre su recuerdo, sugiriendo que su incapacidad para identificar positivamente la fuente de un documento significativo socavaba sus declaraciones.

La sentencia apuntó que la incapacidad de Sánchez Acera para recuperar la información original de su dispositivo móvil debido a haber cambiado de teléfono añade complejidad al relato.

El juez observó que su conducta no ejemplifica cooperación en aclarar los eventos; sin embargo, no asciende al nivel de participación criminal en la divulgación de secretos.

Hurtado enfatizó que cualquier posible problema relacionado con su testimonio podría justificar una investigación separada, pero no afectaría el caso actual.
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